viernes, 25 de marzo de 2016

El Auditorio Justo Sierra: Qué pedir, a quién y por qué.


Nuestra solicitud debe dirigirse a la rectoría de nuestra Universidad, al Consejo Universitario, y a las direcciones de nuestras Facultades, porque son las instancias pertinentes para atender la situación del Auditorio Justo Sierra; no existe una razón por la que -ya como estudiantes, trabajadores o profesores- debiéramos solicitar nada a los ocupantes, especialmente dado que han reiterado que no habrá diálogo, que no terminará la ocupación.

El deseo de recuperar el Auditorio Justo Sierra para uso de la comunidad se trata de una aspiración legítima, pero -a mi parecer- no debe ser este el motivo más importante de preocupación; la idea de que hay una "zona de tolerancia" que circunda el Auditorio Justo Sierra y se extiende hasta las islas es un tema de mayor relevancia, este fenómeno se repite en numerosas dependencias de la Universidad, derivando -también en numerosas ocasiones- en inseguridad para todos. En breve, la ocupación del auditorio debe llegar a su fin para que el inmueble vuelva a ser utilizado por la comunidad universitaria, pero sobre todo para buscar cancelar la idea de que las inmediaciones de nuestra Facultad son una zona sin ley, y la inseguridad derivada de esta idea.

No hay una razón por la que los ocupantes del Auditorio se distingan ante la ley del resto de los ciudadanos, en este sentido deberían responder por sus acciones en dos momentos, en primer lugar por la ocupación ilegal de instalaciones universitarias, y en segundo por las responsabilidades legales que cada uno de ellos tenga; decir que no son distintos ante la ley quiere decir también que no existe una razón para que se les imputen crímenes ficticios ni se violen sus derechos durante el hipotético desalojo: que respondan por aquello de lo que sean responsables, ni más ni menos, y que se garantice -en su caso- una detención conforme a derecho. Es preciso ser explícitos aquí: No estoy diciendo que quiero que los maten, que los quemen ni que los violen, en caso de usar la fuerza pública habremos de insistir -como nunca en la historia de la Universidad- en que se respeten las garantías de aquellos que resultaran detenidos, pues -delincuentes o no- tienen derechos que la fuerza pública debe respetar. 
El ingreso de la fuerza pública a la Universidad no representa el fin de la conciencia de social, ni cancela la posibilidad de que existan movimientos estudiantiles legítimos en el futuro, tampoco se trata del fin de todo activismo que busque el bien común, debe tratarse sencillamente de hacer valer las garantías de seguridad a las que la comunidad universitaria tiene derecho. 

En síntesis, requerimos a las autoridades tomar la liberación del auditorio en sus manos de manera activa, urgir a las instancias competentes a que -en caso de llegar el desalojo- se salvaguarden los derechos de los ocupantes y la comunidad universitaria, y sobre todo tomar acciones para poner fin a la idea de que los campus universitarios son zonas sin ley.

Muy probablemente en este último punto será necesaria la colaboración de la comunidad universitaria, dado que la Universidad no cuenta con elementos de coerción, ni es deseable que cuente con ellos, será de gran importancia poner la parte que nos toca para eliminar la idea de la zona de tolerancia i.e. no participar de ilícitos como la compraventa de drogas, ingesta de alcohol y otras actividades prohibidas por la Legislación Universitaria.

No estamos pidiendo nada que no sea derecho de todos.

lunes, 8 de diciembre de 2014

Sobre sostener algo falso, sus formas y sus consecuencias.

Los dos principales motivos por los que alguien sostendría algo falso son: 1) Por desconocimiento, y 2) por ser esta su intención, naturalmente, este caso supone conocimiento de que lo que se sostiene es falso.

Así, hay dos formas generales para decir falsedad, la primera sería "decir algo estando equivocado" y la segunda, sería "mentir".

Ciñéndonos exclusivamente al análisis de un discurso, no podemos tener constancia de los estados mentales de las personas cuando sostienen algo falso, es decir, no sabemos si sostienen algo con falsedad porque les falta información o si de hecho cuentan con la información atinente al caso y dicen falsedad de manera intencionada: A partir sólo del discurso, no podemos distinguir entre alguien que se equivoca y alguien que miente.

Sin embargo, existen elementos observables en las prácticas argumentativas de las personas, los cuales podrían darnos indicios sobre quiénes sostuvieron algo falso en ignorancia y quiénes mentían al hacerlo: Su actitud ante la evidencia.


Tomemos por ejemplo el recurrente juicio falso -y del que hablamos semanas atrás- "La policía no puede entrar a los campus, pues ello violaría la autonomía universitaria". La actitud que se espera de alguien cuando se le presenta la información que evidencia como falso el juicio que sostiene -a saber, en este caso, la ley orgánica de la Universidad- es que rectifique su postura, que cambie de opinión.

Puedo pensar en dos razones por las que alguien se aferraría a sostener una postura falsa aún a la luz de la evidencia: a) Porque algún tipo de enajenación o insolvencia cognitiva (digamos, contar con recursos cognitivos o epistémicos insuficientes para completar una tarea) de hecho le impide apreciar la relevancia de la evidencia que se le presenta,  y b) porque desde el inicio, sabe que sostiene algo que es falso.

En cualquiera de los dos casos, es decir, ya sea por insolvencia cognitiva o por deshonestidad, las personas que no tienen disposición a rectificar ante evidencia que falsa su postura a menudo han previsto un complejo entramado de argucias, falacias, mentiras y recursos erísticos para sostenerla -o cuentan con habilidad para generarlos por encontrarse éstos entre sus hábitos argumentativos-, la razón de lo anterior es sencilla : El único modo de sostener una mentira es valiéndose de más mentiras o recursos falaces.

Regresando a nuestro ejemplo, insistir en que la autonomía no es extraterritorialidad no atiende a un interés por invocar a los cuerpos policiales -que son de la confianza de pocos- ni a justificar sus abusos y procedimientos erróneos, sino que resulta relevante cuando menos por los siguientes dos factores: 1) Desde un punto de vista argumentativo, decir que la autonomía es extraterritorialidad es decir algo falso, y dado que el único modo de sostener algo falso es valiéndose de argumentación falaz o de más información falsa, es una creencia que debe ser rectificada. 2) Lo anterior pudiera parecer trivial, mas no lo es, pues las prácticas argumentativas tienen consecuencias ostensibles: Los catorce años de ocupación del Auditorio Justo Sierra es una muestra fehaciente de ello, y es además una muestra directamente relacionada con nuestro ejemplo. Según me parece, podemos encontrar esta misma estructura en un buen número de los atropellos que padecemos en lo cotidiano, por mi parte concluyo que no es poca cosa vivir con las consecuencias de la impunidad argumentativa.

domingo, 16 de noviembre de 2014

Mas si osare un elemento policial 3.0 (o "De qué se trata la autonomía")


Con motivo de la marcha de hoy a las 12:00 tenemos una publicación especial, publicada originalmente aquí.






Muy buena iniciativa, muchachos, ya antes recordamos los antecedentes históricos de la autonomía universitaria; cabe ahora recordar la ley orgánica vigente para tener bien presentes los tres aspectos en que consiste la autonomía universitaria:

1) Académico. Se contempla la libertad de cátedra, la atribución a otorgar validez a estudios que se realicen en otros establecimientos, formulación libre de planes y programas de investigación y designación libre de su personal académico.

2) Gobierno. Puede organizarse de manera libre como mejor lo estime, siempre y cuando atienda a la Ley, de tal manera que se deben indicar las autoridades, pero otorgando libertad para su integración.

3) Financiero. Está facultada para formular un presupuesto y administrar libremente su patrimonio. El Estado está obligado a contribuir con un subsidio.

Aprovechemos para insistir, por si alguien -ya sea en los mediosen la academia, o incluso de entre las autoridades- no se ha enterado, en que las instalaciones universitarias no cuentan con extraterritorialidad, éstas se rigen por iguales normas que el resto del país, no funcionan como una embajada, consulado o república independiente.

Si hace falta mencionar casos en los que la autonomía es violentada, podemos citar: 

1) los paros que -so pretexto de buenas causas- interrumpen la actividad académica de forma arbitraria -y sobre todo innecesaria-. 

2) La ocupación del Auditorio Justo Sierra, distendida ya por 14 años que margina a la comunidad del uso del inmueble, sirviendo a fines ajenos a ésta. 

3) Las conductas erráticas de elementos policiales, no porque no puedan entrar en territorio universitario sino por su impericia e ineptitud, que en conjunción con la indolencia de la autoridad universitaria -distendida también por 14 años- derivó en los lamentables acontecimientos del sábado 15 de noviembre de 2014.

miércoles, 12 de noviembre de 2014

Falso dilema (o "Sí podemos tener clases y solidarizarnos con Ayotzinapa")

Decimos de dos hechos que es imposible se den al mismo tiempo cuando el darse uno excluye la posibilidad de darse el otro, e.g. "es imposible que una mesa sea cuadrada y a la vez redonda"; la falacia de falso dilema pretende hacer pasar como lógicamente incompatibles dos hechos que en realidad son compatibles e.g. "una mesa no puede a la vez ser cuadrada y café".

Para una muy célebre ocurrencia de esta falacia podemos citar a George W. Bush:

"O estás con nosotros, o estás con los terroristas"
En días pasados hemos observado un distendido uso de la falacia de falso dilema cuando se nos plantean como excluyentes dos hechos que en realidad no lo son: "O tenemos clases, o apoyamos a Ayotzinapa", o en los términos explícitamente enunciados en un discurso de estudiantes normalistas a estudiantes de la Facultad de Veterinaria de la UNAM, "o eres academicista o eres político".

Las consecuencias de aceptar tal planteamiento son altamente indeseables, serían cosas como: "Si eres academicista y te opones a los paros, entonces no te preocupa la situación que está ocurriendo en Guerrero, ni te preocupa la violación a los derechos humanos, ni las reformas estructurales del ‘copetón’"

Tal implicación es falsa, como es falsa la oposición entre tener clases y apoyar la causa de Ayotzinapa.

Incuestionable la importancia de todo movimiento que busque una mejora social, pero la participación con éste o cualquier otro sólo implica un redoble de esfuerzo por parte de la comunidad universitaria para tomar parte al tiempo que cumple con sus obligaciones.

El gobierno nos ha defraudado, pero en forma alguna es solución dejar de cumplir con nuestros estudios, éstos no son sólo un privilegio sino que entrañan además un deber: defraudar a las miles de personas que hacen posible la realidad de la Universidad no es un factor que ayude para la causa de Ayotzinapa -ni ninguna otra- y sí se trata de una medida cuyos principales afectados son los estudiantes.

viernes, 7 de noviembre de 2014

Mas si osare un elemento policial 2.0 (La policía sí puede entrar a la UNAM)

A continuación una reversión (copy/paste salvo por las primeras líneas y un post scriptum) de un texto que recién publiqué en otro sitio.

Resta insistir en que no se trata de una apología por los cuerpos policiales, ni un llamado a que estos entren en nuestras vidas a sus anchas, sencillamente se trata aquí de decir que la desconfianza que tengamos en ellos no es motivo para divulgar la mentira de que la policía no puede entrar a los campus universitarios, como lo asevera el profe en este video:



"Es territorio autónomo esto"

Verá, profe, los alcances actuales de la Autonomía Universitaria atienden a una historia causal que se remonta a las Leyes Orgánicas de 1929, 1933, 1944, actualmente se refiere a tres aspectos que describiremos sucintamente:

1) Autonomía académica: La universidad puede nombrar y remover a su personal académico, seleccionar a sus alumnos y elaborar sus planes de estudios, así como expedir certificados de estudios (a diferencia del resto de las instituciones educativas nacionales, que dependen de la SEP).

2) Gobierno interno: La universidad puede nombrar y remover funcionarios, personal administrativo y establecer las normas que rigen a éstos.

3) Autonomía financiera: La universidad dispone libremente de su patrimonio y puede distribuirlo internamente como mejor lo considere.

La idea de extraterritorialidad, concepto jurídico que se ajustaría a la idea errónea de que los cuerpos policiales no pueden entrar a la Universidad, excede por mucho las atribuciones de la autonomía universitaria, se trata de un mito contemporáneo muy distendido debido fundamentalmente a la falta de información. 

Recordando a Barros Sierra*: 

“la autonomía no equivale a una sustracción de las Leyes del orden común ni a impunidad contra los actos delictuosos cometidos por universitarios dentro o fuera de sus recintos”

Así, “Todo aquel que sea policía y entre en territorio universitario estará violando la autonomía” es un juicio falso. 

No se entienda que pretendo sostener como verdadero el juicio contrario: “Ningún policía que entre en territorio universitario estará violando la autonomía.”, pues -en efecto- es posible que un policía viole la autonomía. 

¿Qué tendría que hacer un policía -o cualquier otra persona- para violar la autonomía universitaria? Simple: imponernos planes de estudios, violentar nuestros mecanismos de gobierno interno, o alterar nuestra administración financiera, regresando a Barros Sierra: 

“existe violación de la autonomía cuando el Estado coarte la independencia académica, o impida que ésta se rija internamente, (...) también hay violación cuando un partido político o una corporación privada interviene en la Universidad alterándola y dificultando el cumplimiento de sus fines.”

Así, todo aquel que cumpla con alguno de los tres requisitos precedentes, o una combinación de ellos, estará violando la autonomía universitaria, trate o no de un policía, e ingrese a territorio universitario o no.

Cito finalmente el comunicado del Consejo Universitario del 26 de Octubre de 1972: 

“Autonomía no significa fuero ni extraterritorialidad. Autonomía es el derecho que otorga la Ley a la Universidad para designar a sus autoridades, establecer sus planes y programas de trabajo, distribuir sus recursos económicos y organizarse sobre la base del respeto a la libertad de cátedra, de Investigación y de difusión de la cultura.”


p.s ¿Saben qué otra cosa sí viola la autonomía universitaria? Que alguien distinto de los órganos de gobierno de la universidad decida que hay un paro (y de si fue democrática la decisión ni hablamos).




*pueden cotejarse las citas en este artículo de Jorge Pinto, cortesía del Instituto de Investigaciones Jurídicas.